La aprobación de los Presupuestos Generales del Estado (PGE) ha supuesto toda una serie de cambios fiscales aplicables desde el 1 de enero. Se trata de novedades tributarias que afectan de un modo u otro a miles de contribuyentes y que vamos a explicar de manera resumida.
Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF)
Los cambios fiscales introducidos por los PGE afectan a los contribuyentes de varias formas. Por un lado, se eleva en dos puntos el gravamen a las rentas de trabajo más altas, aquellas que superen los 300.000. Pasa de aplicarse un tipo del 45% al 47%, es decir, un aumento porcentual de dos puntos. También se incrementa, pero en tres puntos, el gravamen de la base liquidable del ahorro a partir de 200.000 euros.
Por el contrario, los PGE rebajan la base imponible de las aportaciones y contribuciones privadas a sistemas de previsión social de 8.000 a 2.000 euros. La excepción son los planes de pensiones de empresa, en cuyo caso el límite se eleva de 8.000 euros a 10.000 euros.
Pero no todo son cambios fiscales, en el llamado “régimen de módulos” se prorrogan los límites para la estimación objetiva.
Impuesto sobre la Renta de No Residentes (IRNR)
Son dos los cambios fiscales destacables. Por un lado, que la exención prevista para intereses y ganancias se extiende a residentes en el Espacio Económico Europeo que no sean miembros de la UE, siempre y cuando haya intercambio de información tributaria.
La otra modificación introducida en los PGE es que la exención por dividendos se restringe al 5% de participación en el capital social. No se podría acceder a la exención cuando el valor de adquisición de las participaciones supere los 20 millones de euros, aunque en este caso habrá un periodo transitorio de adaptación.
Impuesto sobre Sociedades (IS)
Los PGE también introducen cambios fiscales relevantes. El primero de ellos es que se rebajan del 100% al 95% las exenciones fiscales por plusvalías y dividendos generados por filiales en el exterior. Ese 5% que desde el 1 de enero ya no está exento tributaría al tipo general del 25%. Eso sí, aquellas empresas cuya facturación no alcance los 40 millones de euros podrán seguir aplicando ese 100% durante tres años más.
Impuesto sobre el Patrimonio (IP)
Es uno de los cambios fiscales introducidos por los PGE más comentados. El objetivo sería el de gravar más a las grandes fortunas, elevando en un punto el tipo aplicado a las que superan los 10 millones de euros, que pasaría así del 2,5% al 3,5%. Sin embargo, no hay que olvidar que las autonomías son las que gestionan este tributo y, por ejemplo, en Madrid está bonificado al 100%.
Otra de las novedades que introducen los PGE es que este impuesto pasa a tener un carácter indefinido, de modo que no sería necesario prorrogarlo todos los años mediante una ley específica.
Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA)
Con la entrada en vigor de los PGE se modifica el tipo impositivo que se aplica a las bebidas que tienen edulcorantes añadidos, que pasan de tributar al 10% a hacerlo al 21%. Este aumento se aplica a la venta en establecimientos comerciales, no a bares y restaurantes.
Otras modificaciones tributarias
Los cambios fiscales introducidos tras la aprobación de los PGE son numerosos y muy diferentes. Además de los ya mencionados, se pueden añadir otros como un incremento del 6% al 8% en el tipo de gravamen del Impuesto sobre las Primas de Seguros o la creación de nuevos epígrafes en las tarifas de Impuesto sobre Actividades Económicas para clasificar de forma específica la comercialización de electricidad o gas y grandes superficies.
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